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AQUÍ TE MUESTRO CUALES LOS ERRORES MAS FRECUENTES AL CREAR UNA FUNDACIÓN - ASOCIACIÓN - CORPORACIÓN EN COLOMBIA


AQUÍ TE CUENTO LAS PREGUNTAS MAS FRECUENTES QUE NOS FORMULAN PARA CREAR UNA ASOCIACIÓN - FUNDACIÓN - CORPORACIÓN EN COLOMBIA




SOMOS FUNDACIÓN EVIDENTE, CONFORMADA POR ASESORES ESPECIALIZADOS EN LA CREACIÓN Y FORMALIZACION DE ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO EN COLOMBIA:

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Es muy usual que una persona que desea crear una fundación en Colombia, pase por algunas de las siguientes situaciones:
1.   Cuando asiste a la cámara de comercio, generalmente allí le informan que debe tener un grupo de personas tales como presidente, secretario, tesorero, y otras más; y si no se tienen todas las personas necesarias, puede llevarlo a invitar otras personas para iniciar su proyecto de crear la fundación; y después de algún tiempo, pueden comenzar los malos entendidos, porque es posible que se haya dado inicio al proyecto con personas que solamente asistieron para cumplir con un supuesto requisito, y no por convicción del proyecto…… Una fundación se puede crear con una sola persona, solo basta tener unos estatutos bien fundamentados en las normas para poder hacerlo
2.  Cuando asiste a la DIAN, allí les informan que deben iniciar el proceso por el registro en la cámara de comercio, para continuar los tramites con ellos; pero no les informan nada acerca de las obligaciones tributarias que se adquieren desde que se registra la fundación, porque siempre les dicen que deben tener una persona o asesor que los oriente con el tema, pero no les explican nada del impuesto de renta, del impuesto IVA, del impuesto de industria y comercio, de las retenciones de renta, de IVA, de ICA, de los registros tributarios que se deben llevar a cabo a nivel municipal, de los informes anuales, tales como exógena, etc.,  y de todas las demás obligaciones que se adquieren luego de registrar la fundación; del régimen tributario ordinario y del régimen tributario especial, condiciones para pertenecer y ser calificado en cada régimen, implicaciones, beneficios, etc.
3.  Cuando asisten a la gobernación o la alcaldía mayor, y allí les informan que lo único que requieren es tener los estatutos, y en muchas ocasiones les comparten unos modelos de estatutos, que son válidos, pero que en general son muy básicos y no contemplan una gran cantidad de elementos importantes; principalmente situaciones que se presentan al momento de obtener recursos, manejar los excedentes, manejar los pagos a los fundadores, a lo administradores, los contratos, las donaciones, el régimen tributario, los impuestos, el gobierno corporativo, el direccionamiento estratégico, la imagen corporativa, las obligaciones con los entes de vigilancia inspección y control, el manejo de la contabilidad, los informes anuales de gestión entre otros; pero poco informan de las responsabilidades de los administradores de la entidad, la contratación de trabajadores, contratistas, desarrollo de proyectos y negocios, parafiscales de las fundaciones, seguridad social.
4. Buscar informacion en Internet o en otras instituciones, ante lo cual pueden encontrarse con desinformación, ya que las normas que rigen este tipo entidades ha cambiado bastante en los últimos periodos de tiempo.

Es decir que estamos ante un panorama de las siguientes características:
Una fundación, asociación, corporación, es una persona jurídica que debería planificarse muy bien en lo legal, jurídico, contable, tributario, contratación, presupuesto, administración, entre otros, que le permita a sus gestores lograr la fundamentación mínima necesaria para llevar a feliz logro todos los objetivos trazados.
Es decir que no basta solo con tener unos estatutos y llevarlos a la cámara de comercio para registro; es recomendable tener todo un proyecto.
Todo lo expuesto implica que recomendamos documentarse bien antes de iniciar un proyecto, pero en la realidad no es difícil, son muchas las personas e instituciones que lo hemos logrado, solo basta conocer bien todo lo que se debe hacer……. Y hacerlo……. Se puede lograr…….
En nuestra fundación EVIDENTE, hemos logrado acompañar mas de 200 proyectos exitosos desde sus inicios, con planeación, documentación, fundamentación y practica de todo lo necesario para lograrlo y mantenerse bien.

Una entidad sin animo de lucro, llámese: fundación, corporación, asociación, etc. nace por la voluntad de personas, o por la destinación de un patrimonio para lograr un objeto social.

Es muy importante que las personas que desean crear y traer a la vida jurídica una entidad de esta clase, entiendan que la razón primaria que da lugar a su nacimiento jurídico es el deseo altruista de servicio social; pero, no es menos cierto que estas entidades deben realizar ingentes esfuerzos y gestiones para sobrevivir en el mundo de las organizaciones; y para ello deberá diseñar y llevar a la practica estrategias; incluidas las actividades comerciales que garanticen los recursos necesarios para cumplir con todas las obligaciones económicas que nacen también a la par de la entidad.
En la fundación Evidente, hemos acompañado durante los últimos diez años, una gran cantidad de proyectos de creación de entidades sin animo de lucro, hemos tenido la bendición de asesorar entidades desde San Andres, hasta Leticia en el amazonas, pasando por todos los departamentos del país. Muchos de los proyectos, que iniciaron hace varios años, hoy han logrado grandes triunfos sociales, económicos, etc., y todos estos proyectos que han logrado éxito; ha sido porque día a día, han estado en pro de lucha por lograrlo, sin desistir un solo instante, con todo el amor y entrega que se requiere.
A mis amigos y seguidores de los diferentes canales donde tenemos publicaciones, siempre les he invitado a dar todo de si para que su institución logre las metas; pero ademas de ello, también hemos vivido algo muy hermoso: "cuando se logran las metas de la entidad, también se van logrando metas personales.

En Colombia, hemos sufrido una gran cantidad de cambios normativos en los últimos tiempos, principalmente, desde el año 2011, 2016, 2017 y 2018.
Hoy, contamos con una excesiva vigilancia por parte de los entes del gobierno, pero de manera principal por la DIAN, quien, a partir de la ley 1819 de 2016, fue designada como un ente especializado de vigilancia para las entidades sin animo de lucro.

Es común escuchar que las fundaciones y en general las entidades sin animo de lucro, no tienen obligaciones tributarias y que no pagan impuestos, lo cual es totalmente falso; ya que la nueva legislación nos trajo una nueva definición en el objeto social: "actividades meritorias"; las cuales son las únicas que tienen la vocación de ser exentas de la mayor parte del impuesto, siempre y cuando la entidad cumpla con todos los postulados legales, entre otros:
- no distribuir sus excedentes (ganancias).
- no realizar actos jurídicos simulados.
- cumplir con todos los deberes legales contables y tributarios.
- no dar beneficios especiales a donantes, socios, miembros, fundadores, etc.
-tener registrados los contratos de trabajo de con los representantes legales ante la DIAN.

A lo largo de estos años he tenido la bendición de asesorar, entre otros las siguientes organizaciones:
En su gran mayoría, el acompañamiento realizado a estas entidades, se ha dado desde la etapa inicial del proyecto de creación y formalizacion, y con otro gran grupo de entidades, se mantiene vigente el acompañamiento en temas contables, tributarios, legales. (las entidades que se relacionan, han sido nuestros clientes, y todas son entidades sin animo de lucro, aquí no se relaciona el listado de clientes sociedades).














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